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dc.date.accessioned2021-03-26T15:27:25Z-
dc.date.available2021-03-26T15:27:25Z-
dc.date.issued2018-09-26-
dc.identifier.urihttp://181.198.77.137:8080/jspui/handle/123456789/239-
dc.descriptionEn concordancia con la Constitución, rigen para el presente Protocolo el marco legal establecido en las Convenciones Internacionales de Derechos de las Mujeres, como la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW, 1979), la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belém Do Pará), las Recomendaciones Generales No.19 y 35 del Comité CEDAW, así como la legislación nacional vigente en la materia, particularmente el Código Orgánico Integral Penal (COIP) y la Ley Orgánica para la Prevención y Erradicación de la Violencia Contra la Mujer.es_ES
dc.description.abstractLa violencia de género es un flagelo mundial que afecta de manera directa a las mujeres de todo el mundo, sin distinción de clases sociales o formación académica. Las cifras manejadas por ONU Mujeres indican que al menos "el 35 por ciento de las mujeres de todo el mundo han sufrido violencia física y/o sexual.es_ES
dc.subjectCSUPes_ES
dc.titlePROTOCOLO DE PREVENCIÓN Y ACTUACIÓN EN CASO DE ACOSO, DISCRIMINACIÓN Y VIOLENCIA BASADA EN GENERO Y ORIENTACION SEXUAL DE LA UPECes_ES
dc.typevigentees_ES
dc.typegacademicaes_ES
dc.typevigentees_ES
dc.typegacademicaes_ES
dc.identifier.year2018es_ES
dc.contributor.resoluciondRESOLUCIÓN No 174.1-CSUP-2018es_ES
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